Todos los ERTE realizados por las empresas deberán concluir en el momento en que finalice el estado de alarma. Además, la fuerza mayor y los motivos relacionados con la crisis sanitaria no serán causas justificadas de despido. Son las principales novedades del RDL 9/2020, de 27 de marzo, que introduce medidas complementarias en el ámbito laboral para mitigar los efectos del Covid-19. Esta nota de TARSSO recoge los aspectos más destacados.

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