La crisis sanitaria y económica que ha provocado el coronavirus se está traduciendo en un incremento exponencial de los incumplimientos contractuales. Lo inusual de la situación indica que, de manera previsible, muchos de estos incumplimientos se verán amparados desde el punto de vista jurídico, de modo que la responsabilidad del sujeto incumplidor será limitada o extinguida. A través de esta nota informativa, TARSSO lleva a cabo un análisis para determinar qué situaciones pueden ser calificadas como de fuerza mayor o caso fortuito, así como aquellas circunstancias en las que los cambios sobrevenidos justifican la aplicación de la doctrina rebus sic stantibus.

Clic aquí para leer la nota informativa de TARSSO